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#18 #18 candra dijo: #16 @iauj
>13 años.
>Infancia.
Según los Naciones Unidas se entiende por niño todo ser humano menor de 18 años, a no ser que la ley del país dicte otra edad para la mayoría.
#54 #54 iauj dijo: #51 No he dicho que aunque te cases sigas a cargo de tus padres, si no la diferencia de criterios. Si quieres emanciparte a los quince tienes que casarte o esperar a los 16, sin contar con la dispensa judicial que necesitas en ambos casos. Coherente no es.No hay ninguna diferencia de criterios. Si eres capaz de llevar adelante un matrimonio, se presume que eres, al menos, tan maduro con catorce como uno de dieciséis que no esté casado. Y hay que tener en cuenta que el Código Civil es de 1889, con el cambio social que ha habido. Un chaval de catorce años de hoy no piensa ni loco en casarse ya, y este artículo es casi residual.
Me parece bien, ahora cuéntame en % cuantos chavales de 13 años tienen madurez y sensatez para ello y cuántos son unos críos infantiles.
#31 #31 lambert_rush dijo: #30 No te he preguntado si te parecía bien, te he preguntado si te parecía efectivo que la hubiera.Pues la respuesta sigue siendo la misma.
#17 #17 iauj dijo: #11 Si tienes 13 años y quieres follar, vas a follar. Y si quieres fumar, vas a fumar. Y si quieres trabajar, trabajarás. Y puedes follar con un adulto (5 años más, creo que eran), que si no hay denuncia, da igual lo que diga la ley. Una cosa es lo que vaya a pasar y otra el reglamento que exista. Que todos sabemos que no van de la mano. Si no hay denuncia, no hay intervención.
#14 Nada ^^@iauj No existe la diferencia de edad máxima creo recordar.
#51 #51 lambert_rush dijo: #49 El menor casado se emancipa por el mero hecho de casarse.
Artículo 314 del Código Civil.
La emancipación tiene lugar:
2.º Por el matrimonio del menor.
Tápate, anda.No he dicho que aunque te cases sigas a cargo de tus padres, si no la diferencia de criterios. Si quieres emanciparte a los quince tienes que casarte o esperar a los 16, sin contar con la dispensa judicial que necesitas en ambos casos. Coherente no es.
#20 #20 candra dijo: #17 @iauj Pero es que si tienes 13 años y quieres follar con otro de 13, vas a follar. Y la ley no tiene nada que decir porque la edad de consentimiento marca la edad para tener relaciones sexuales consentidas con un adulto, no con otro menor. El estado no legisla, por suerte y de momento, la edad a la que puedes mojar el churrete.Te recuerdo que es la reforma de este año es la que va a despenalizar las relaciones entre menores. Hasta ahora sí lo hacía a pesar de considerarse "entre iguales". Si tu con 12 años mojabas el churro con alguien de 12, el Estado sí podría intervenir.
#19 #19 lambert_rush dijo: #16 No sé por qué coño me cuentas esa parrafada. Yo a lo que voy es a que el Estado puede decir misa, pero una ley que va abiertamente contra el sentir social directamente no se cumplirá. Insisto, el Estado podría poner la edad de consentimiento legal donde le diera la gana, pero eso no va a hacer que la edad de consentimiento real sea la que pone en la ley mágicamente.Te suelto la parrafada porque preguntaste si me parecía bien que el Estado regulase eso y con la parrafada te cuento que me parece normal que exista una regulación adaptada a la realidad igual que la hay para el tábaco. Subir la a 16? Me parece una gilipollez. Los 13, aunque me parece baja, es un límite con el que estoy de acuerdo.
Chica dirás lo que quieras pero dime, te gustaría que a tu hija le pasara como a ti, con 13 años. . o con 22..
#57 #57 lambert_rush dijo: #54 No hay ninguna diferencia de criterios. Si eres capaz de llevar adelante un matrimonio, se presume que eres, al menos, tan maduro con catorce como uno de dieciséis que no esté casado. Y hay que tener en cuenta que el Código Civil es de 1889, con el cambio social que ha habido. Un chaval de catorce años de hoy no piensa ni loco en casarse ya, y este artículo es casi residual.Independientemente de que sea o no residual. Mientras no se cambie, sigue ahí. El hecho de que se presuponga que a los 14 hay la misma madurez que a los 16 es una diferencia de criterios. Si se considera que a los 14 hay una madurez suficiente como para poder decidir o no casarse, debe ser coherente y presuponer que a la misma edad existe una madurez suficiente como para emanciparse soltera. Las situaciones sociales han cambiado, las mentalidades han cambiado, pero la legislación se ha mantenido.
#29 #29 candra dijo: #22 @iauj Según la psicología, la infancia termina a los 5 años, dando paso a la niñez, que termina entre los 10 y 12 años, cuando empieza la pubertad o preadolescencia y, posteriormente, la adolescencia. Es absurdo llamar infante a alguien de 13 años.Si le problema es del lenguaje, es pequeño. Si prefieres hablar de infancia, niñez, pubertad y adolescencia perfecto. Pero creo que un hiperonimo sería más práctico, pero acepto barco.
#48 #48 candra dijo: #46 @iauj En el ámbito legal se fijan edades, no se usan calificativos.En las leyes vienen especificadas por edades o semanas (en el caso que puse del aborto) precisamente por los problemas terminológicos que estamos teniendo. Sin embargo se habla de "programa de protección a la infancia", "leyes de protección de menores de edad"... cuando no interesa establecer una diferencia y se habla de manera más genérica.
#28 #28 gordiola11 dijo: #24 Claro, la "culpa" de la calidad en la educación sexual es de un país y no de los padres...
se mejor dicho imposible si al padre no se educo nunca en el tema cuando tubo edad por que creerías que ellos lo Iván hacer con sus hijos .
La educación tienen mucho que ver con el contexto donde convives si vivís en una Villa ejemplo hay una gra probabilidad que ver a una piba de 15 embarazada sea normal .
así que si me fui un toque de Tema reo date cuenta que la educación que te brinda el país tiene mucho que ver .
ya que también son tus padres los que te la van a dar ya sea por lo que aprendieron por experiencia o por el colegio .
Que las clases Te las dan por algo.
#60 #60 iauj dijo: "Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad."
Convención sobre los derechos del niño adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 20 de noviembre de 1989. Artículo 1.@iauj Vengo, veo que el señor Lambert ya te ha dado la pertinente paliza, y me voy.
#33 #33 iauj dijo: #31 Pues la respuesta sigue siendo la misma.Pues yo tengo un botijo.
#34 #34 wqidmhoqiu dijo: #17 @iauj No existe la diferencia de edad máxima creo recordar. Sí la había, hace unos años por lo menos. 4 o 5 años de diferencia máxima, no recuerdo con exactitud. Lo que no sé es si se abolió después.
#43 #43 candra dijo: #32 @iauj No es un problema de lenguaje, es un problema de concepto. No es lo mismo un infante, con sus necesidades y capacidades, que un niño o un adulto, como no es lo mismo un coche que una carretilla, aunque ambos tengan ruedas.Igual que no es lo mismo el ámbito biológico que legal. En biología y psicología existe una terminología, en el ámbito legal otra. Si el lenguaje biológico diferencia entre términos es porque necesita esa variedad, que no siempre se va a necesitar en otros campos donde puedan ser agrupados para ahorrar.
Que madures podes llegar a tener con 13 años ?
Como dicen acá primero aprende a limpiarte el cul0 sola y despues vemos si te da la madures para eso .
dios me cag0 en la educación sexual que te deben dar en tu país .que estas pensando en coger con 13 años.
#50 #50 lambert_rush dijo: #46 Pero si tú te has ido antes a la Declaración de Derechos del Niño de la ONU para definir "niño", jajaja.
Por cierto, te aclaro que, en un texto legal, sin ir más lejos un contrato, se suele dedicar un artículo preliminar a definir los términos importantes del mismo, precisamente porque no suelen coincidir con el uso habitual del término. Si yo contrato contigo una compraventa de una televisión, pero en las definiciones ponemos que televisión, a los efectos de ese contrato, quiere decir lavadora, televisión quiere decir lavadora y no hay tu tía.Y? La ONU utiliza niño como hiperonimo porque no necesita diferenciar. La biología sí, por lo que pierde ese valor. En esa declaración, "niño" tiene el valor de hiperonimo. Se trata de un problema del lenguaje. Si no se establece este artículo preliminar en base a lo que ambos consideramos que es una televisión, ¿puedo darte la lavadora en su lugar?
#40 #40 candra dijo: #30 @iauj No tengo muy claro eso. Los delitos sexuales con menores de trece años están recogidos en el código penal, y con menos de 14 años ni siquiera eres imputable... El señor Lambert seguro que tiene esto más claro que yo, pero dudo mucho que papá estado pueda hacer nada si yo con 12 años me trajino a otro alguien de 12.A ti no te pasaría nada. Probablemente, dependiendo del funcionario, ni se haría nada. Pero en caso de que alguien denunciase (un profesor, un vecino... blablabla) investigarían vuestro entorno para averiguar si es apropiado o no. Igual que si te pillan faltando a clase repetidamente, fumando o haciendo botellón. Pero sería necesaria la denuncia o que el estado tuviese constancia de ello para actuar de oficio.
#45 #45 candra dijo: #44 @iauj Oye, estás cambiando un poco el chip, ¿no? Hace un rato hablablas de "despenalizar" relaciones sexuales entre gente de 12 años y ahora hablas de servicios sociales. ¿Qué tienen que ver los cojones con comer trigo?Se van a despenalizar ahora en 2015 con la nueva reforma por considerarse relaciones entre iguales. Con la legislación previa, sí que estaban penalizadas pero dado que se trataba de menores de 14 inimputables, entraban en juego los servicios sociales. Es de esas contradicciones que tiene la ley como el hecho de que hasta hace poco podías casarte con 14 pero no emanciparte hasta los 16.
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