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si que se puede, puesto que las empresas elaboran los puestos de trabajos asignando las competencias que el trabajador debe de tener. Es lamentable pero actualmente en España hay demasiada sobrecualificación, es decir, que hay muchas personas con estudios superiores están ocupando puestos para los cuales es necesaria menos formación (tu caso por ejemplo). Al final, el problema es que la demanda de trabajo (ofertas de trabajo) no se adecuan a la oferta de empleo (trabajadores), o lo que es lo mismo, la oferta es mayor a la demanda, y por lo tanto no hay empleo para todos. El problema deriva del sistema productivo del país, puesto que no se invierte casi nada en I+D+I, lo cual es la clave para desarrollar puestos de trabajo para los cuales se necesite mayor formación y, a la vez, aumentar la competitividad del país (actualmente se basa en los costes, es decir, en los bajos salarios).
Para resumir, si que se puede hacer lo que te han hecho, sin embargo eso demuestra que la estructura económica del país no se adecua adecuadamente a la formación de las personas.
Mi experiencia con las prácticas laborales es que, si no te la han metido doblada, te la acabarán metiendo.
Un contrato como auxiliar viene a significar que realizarás las mismas tareas que el resto pero cobrando menos.
#2 #2 alma_podrida dijo: Mi experiencia con las prácticas laborales es que, si no te la han metido doblada, te la acabarán metiendo.@alma_podrida cierto.
En principio no, no pueden hacerlo y es denunciable. Otra cosa es que no denuncies porque "hay cientos de personas esperando entrar sin quejarse"
Y así va el país.
Te lo dice una persona que ha trabajado como monitor (tanto de tiempo libre como de comedor), sin tener dichos títulos, cobrando por dichos títulos y siendo de una categoría profesional superior (TEI)
¿Mi consejo? Mírate el convenio de tu empresa y mira la tabla salarial y de categoría (y, si puedes, desde el anonimato puedes denunciar irregularidades de tu empresa/inspección laboral)
depende ¿es el trabajo que realizas? si es así es totalmente lícito, la categoría profesional va indicada por al actividad a desarrollar y no por la formación, ejemplo, una persona sin ninguna formación academica podria ser 1er oficial administrativo (si realiza esa labor) y otra con dos masters podria ser aux. del anterior, si realiza dicha labor.
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