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Para ello tienes que ir a la Ley del Menor. Art. 5 "Las edades indicadas en el articulado de esta Ley se han de entender siempre referidas al momento de la comisión de los hechos, sin que el haberse rebasado las mismas antes del comienzo del procedimiento o durante la tramitación del mismo tenga incidencia alguna sobre la competencia atribuida por esta misma Ley a los Jueces y Fiscales de Menores"
De forma que si tenías 17 años cuando cometiste el delito y en el juicio cumples 18, te tratan como a un menor.
En España cuenta la edad que se tenía en el momento.
En otros países puede variar.
#3 #3 zar123 dijo: #2 muchas gracias por tu excelente explicación. @zar123 Avísanos cuando te pillen jajaja
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